lunes, 8 de enero de 2018

Las Siete partidas


10 Partes en 4 v. I: 151 f.; II: 116 f.; III: 186 f.; IV:73 f.; V: 112 f.; VI: 116 f.; VII: 102 f.; VIII: [62] h.; IX: [8] h.; X: [231] h.- Fol.  L.red. y curs. - 2 tam.- Texto a 2 col. rodeado de coment. - Inic. grab. .- titulillos, núms. y letras marg. - Port. grab. con esc. imperial, y en rojo y negro en el vol. 1º.
Ejemplar bien conservado, pero impreso en mal papel. En portada, sello de la Biblioteca Pública de Sevilla.

 Las Siete Partidas es la obra jurídica más importante de las compuestas por iniciativa y bajo la dirección de Alfonso X. Cuando el monarca subió al trono (1252), se encontró en sus reinos con una gran diversidad de Derechos, diversidad que ya Fernando III había intentado reducir concibiendo además la idea de formar un libro de leyes que alcanzase a todos. Su hijo llevaría a la práctica esa idea en este código que, inspirado fundamentalmente en las fuentes del Derecho romano y del Derecho canónico con las que se armonizó el castellano, fue el más extraordinario intento de sistematización legislativa que se hizo en la Europa medieval. Pero además, junto a las normas y disposiciones legales, afloran continuamente en la obra una multitud de aspectos cotidianos, minuciosamente anotados, que constituyen una valiosísima información sobre muchos aspectos curiosos de la vida medieval: costumbres, diversiones, vida doméstica, vestidos, ocupaciones y oficios, etc.


De Las Partidas se hicieron varias redacciones, una de ellas en el reinado de Fernando IV, afectó a toda la obra y, probablemente, fue entonces cuando se dividió en siete partes o  "partidas" -más por las virtudes atribuidas al número siete que por imitar al Digesto- lo que ha dado lugar a que se le conozca por ese nombre. En el siglo XV las diferencias en los textos de las copias que circulaban, hacía ya necesaria la fijación de una versión con fuerza de ley, cosa que no se lograría hasta bien entrado el siglo XVI en que el Consejo real encomendó la tarea al prestigioso jurista Gregorio López, quien añadió al texto una extensa glosa que fue muy apreciada. La edición vio la luz en 1555 en Salamanca en cuatro volúmenes con la siguiente distribución:

Vol. I: Partidas 1ª y 2ª; Vol. II: Partidas 3ª y 4ª; Vol. III: Partidas 5ª, 6ª y 7ª; Vol. IV: Indices (del texto en castellano, de títulos en latín y de materias también en latín).

Domingo de Portonaris, su impresor, perteneciente a una de las grandes familias italianas de tipógrafos, fue uno de los más destacados en la culta Salamanca de entonces. En su calidad de Impresor Real imprimió la obra.

Durante la Edad Media Las Siete Partidas se tradujeron al catalán, portugués, gallego e inglés, y no ha dejado de editarse en todas las épocas. La edición expuesta es la tercera con las glosas  de Gregorio López. De las anteriores salmantinas de 1555 y 1565, se conservan ejemplares incompletos en la Facultad de Derecho.

Hay edición facsímil de la de Salamanca (Andrea de Portonaris, 1555), hecha en Madrid (BOE, 1974).





(Tomado de CARACUEL MOYANO, R., DOMÍNGUEZ GUZMÁN, A., Un tesoro en la Universidad de Sevilla. Incunables y obras de los siglos XVI y XVII. Universidad de Sevilla, 1993)

1 comentario:

Universidad UNILA dijo...

Es una excelente lectura y muy interesante.